Se entiende por residuo cualquier producto en estado   sólido, líquido o gaseoso procedente de un proceso de   extracción, transformación o utilización, que carente de   valor para su propietario, éste decide abandonar.

La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos establece que "es cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categorías que figuran en el anexo de esta Ley, del cual su poseedor se desprenda o tenga la intención u obligaciónde desprenderse. En todo caso tendrán esta consideración   los que figuren en el Catálogo Europeo de residuo (CER), aprobado por las instituciones comunitarias".

.... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... .... ....